G3 O GRUPO DE LOS TRES:
G3 o Grupo de los
Tres fue el nombre dado a los integrantes del Tratado de Libre
Comercio entre México, Colombia y Venezuela entre 1995 y 2006. Firmado el 13 de
junio de 1994 en Cartagena de Indias, Colombia. Entrando en vigor el 1 de enero
de 1995, creó un extenso mercado de 149 millones de consumidores combinado con
un PIB (Producto Interno Bruto) de 486.500 millones de dólares
(486.500.000.000). El acuerdo establece un 10% de reducción de tarifa durante
unos 10 años (empezando en 1995) por el comercio de bienes y servicios entre
sus miembros. El acuerdo es de tercera generación, no limitado al libre
comercio, pero incluye puntos como la inversión, servicios, compras
gubernamentales, regulaciones a la competencia desleal, y derechos de propiedad
intelectual. Venezuela abandonó este Grupo para unirse al Mercosur en 2006, con
lo que el grupo terminó siendo sólo de 2 países.
En octubre de 1989 ocurrió la
primera reunión de Río, México, Colombia y Venezuela acordaron acelerar la
integración económica y armonización de sus políticas macroeconómicas. En 1990
se define la creación de una zona de libre comercio por parte de los tres
países, la firma del tratado se había previsto inicialmente, para enero de
1994, pero se postergo varias veces hasta realizarse en junio 20 de 1994,
dentro del marco de la cuarta cumbre Iberoamericana de Cartagena. Empezó a
regir el 1 de enero de 1995. El grupo de los tres concluyó el 12 de mayo de
1994 un acuerdo de libre comercio que entró en vigencia el 1 de enero de 1995.
Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a
través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de
nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:
a) estimular la expansión y diversificación del comercio entre las
Partes;
b) eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de
bienes y de servicios entre las Partes;
c) promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las
Partes;
d) aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los
territorios de las Partes;
e) proteger y hacer valer los derechos de propiedad intelectual;
f) establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las
Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar
los beneficios de este Tratado;
g) crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de
este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de
controversias;
h) propiciar relaciones equitativas entre las Partes reconociendo los
tratamientos diferenciales en razón de las categorías de países establecidas en
la ALADI.
Triangulo del Norte Centroamericano
Salvador
Guatemala
Honduras
Historia
-
Firmado: 9 de agosto de 2007 en Medellín
-
TLC Colombia y Guatemala: En vigor desde el 12
de nov./2009
-
Colombia y El Salvador: 1 de feb./2010
-
Colombia y Honduras: 27 de mar./2010.
Objetivos
1. Mejorar el acceso de las exportaciones.
2. Acceso a mercados con
protecciones relativamente altas.
3. Promover la inversión
entre países firmantes y el fortalecimiento de los lazos políticos y
comerciales.
Importancia
Fortalece
la integración económica regional porque representa uno de los instrumentos
esenciales para que los países avancen en su desarrollo económico y social.
Reconoce
la posición estratégica y geográfica de cada nación en su respectivo mercado
regional.
Crea
un mercado más amplio y seguro para las mercancías y servicios producidos en
sus respectivos territorios.
Evita
distorsiones en su comercio recíproco.
Establece
reglas claras y de beneficio mutuo para el intercambio comercial de sus
mercancías y servicios, así como para la promoción y protección de las
inversiones en sus territorios.
Respeta
sus respectivos derechos y obligaciones derivados de los acuerdos de la
Organización Mundial del Comercio (OMC).
Fortalece
la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales.
Genera
oportunidades de empleo y mejorar los niveles de vida de sus pueblos en sus
respectivos territorios.
Promueve
el desarrollo económico de manera congruente con la protección y conservación
del medio ambiente, así como con el desarrollo
Sostenible.
Fomenta
la participación dinámica de los distintos agentes económicos, en particular
del sector privado, en los esfuerzos orientados a profundizar las relaciones
comerciales entre sus naciones
Productos de TN a Colombia
Papeles
y cartones
Caucho
natural
Metales
comunes
Cigarrillos
de tabaco rucio
Productos de Colombia al
TN
Aceites
de petróleo
Plásticos
primarios
Carbón
Químico
básico
Artículos
para el hogar (aseo)
Balanza
Comercial
Importaciones
colombianas 410 millones de dólares
Importaciones
TNC 1069,7 millones de dólares
PIB per
cápita colombiana 7.067 dólares
PIB per
cápita TNC 5.900 dólares
ACUERDO
COMERCIAL CON CUBA
Las relaciones comerciales
entre Colombia y Cuba se rigen por el Acuerdo de Complementación Económica No.
49 suscrito en el año 2000 bajo el marco de la ALADI y entro en vigencia el 10
de julio de 2001.
Este Acuerdo se basa en el
otorgamiento de preferencias, con respecto a los gravámenes y demás
restricciones aplicadas por las Partes a la importación de los productos
negociados, cuando estos sean originarios y provenientes de sus respectivos
territorios. Las preferencias arancelarias consisten en una reducción
porcentual de los gravámenes de importación nacionales que las Partes aplican a
sus importaciones desde terceros países bajo el principio de Nación Más
Favorecida.
Como resultado, Colombia puede
ingresar al mercado cubano con preferencias del 100% en: animales vivos, carne
bovina, lácteos, flores, papas, hortalizas, bananos, café, arroz, aceite de
palma, margarina, dulces, confetis, chocolate, productos de panadería,
mermeladas, agua mineral y gaseada, cerveza, entre otros. Preferencias
arancelarias del 80% en: aves y su carne, filetes de pescado, huevos de ave,
miel natural, cebollas, frijoles, entre otros. Preferencias arancelarias entre
el 30% y del 50% en: quesos, conservas de carne, conservas de frutas, jugos de
frutas, bebidas alcohólicas, alimentos para animales.
Con los decretos 3275 y 3800
de septiembre de 2008 y 4225 de noviembre de 2008 Colombia pone en vigencia el
segundo protocolo modificatorio del ACE No. 49. En el caso de Cuba, fue
mediante Resolución No. 8 de septiembre de 2008. Ambos países reportaron en
noviembre de 2008 la puesta en vigencia del segundo protocolo a la Asociación
Latinoamérica de Integración.
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