Con Centroamerica

G3 O GRUPO DE LOS TRES:

G3 o Grupo de los Tres fue el nombre dado a los integrantes del Tratado de Libre Comercio entre México, Colombia y Venezuela entre 1995 y 2006. Firmado el 13 de junio de 1994 en Cartagena de Indias, Colombia. Entrando en vigor el 1 de enero de 1995, creó un extenso mercado de 149 millones de consumidores combinado con un PIB (Producto Interno Bruto) de 486.500 millones de dólares (486.500.000.000). El acuerdo establece un 10% de reducción de tarifa durante unos 10 años (empezando en 1995) por el comercio de bienes y servicios entre sus miembros. El acuerdo es de tercera generación, no limitado al libre comercio, pero incluye puntos como la inversión, servicios, compras gubernamentales, regulaciones a la competencia desleal, y derechos de propiedad intelectual. Venezuela abandonó este Grupo para unirse al Mercosur en 2006, con lo que el grupo terminó siendo sólo de 2 países.

En octubre de 1989 ocurrió la primera reunión de Río, México, Colombia y Venezuela acordaron acelerar la integración económica y armonización de sus políticas macroeconómicas. En 1990 se define la creación de una zona de libre comercio por parte de los tres países, la firma del tratado se había previsto inicialmente, para enero de 1994, pero se postergo varias veces hasta realizarse en junio 20 de 1994, dentro del marco de la cuarta cumbre Iberoamericana de Cartagena. Empezó a regir el 1 de enero de 1995. El grupo de los tres concluyó el 12 de mayo de 1994 un acuerdo de libre comercio que entró en vigencia el 1 de enero de 1995.

Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:

a) estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;
b) eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y de servicios entre las Partes;
c) promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes;
d) aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes;
e) proteger y hacer valer los derechos de propiedad intelectual;
f) establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado;
g) crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias;
h) propiciar relaciones equitativas entre las Partes reconociendo los tratamientos diferenciales en razón de las categorías de países establecidas en la ALADI.

Triangulo del Norte Centroamericano


Salvador
Guatemala
Honduras

Historia

-          Firmado: 9 de agosto de 2007 en Medellín
-          TLC Colombia y Guatemala: En vigor desde el 12 de nov./2009
-          Colombia y El Salvador: 1 de feb./2010
-          Colombia y Honduras: 27 de mar./2010.

Objetivos
1.      Mejorar  el acceso de las exportaciones.
2.      Acceso a mercados con protecciones relativamente altas.
3.      Promover la inversión entre países firmantes y el fortalecimiento de los lazos políticos y comerciales.

Importancia

Fortalece la integración económica regional porque representa uno de los instrumentos esenciales para que los países avancen en su desarrollo económico y social.

Reconoce la posición estratégica y geográfica de cada nación en su respectivo mercado regional.

Crea un mercado más amplio y seguro para las mercancías y servicios producidos en sus respectivos territorios.

Evita distorsiones en su comercio recíproco.

Establece reglas claras y de beneficio mutuo para el intercambio comercial de sus mercancías y servicios, así como para la promoción y protección de las inversiones en sus territorios.

Respeta sus respectivos derechos y obligaciones derivados de los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Fortalece la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales.

Genera oportunidades de empleo y mejorar los niveles de vida de sus pueblos en sus respectivos territorios.

Promueve el desarrollo económico de manera congruente con la protección y conservación del medio ambiente, así como con el desarrollo

Sostenible.

Fomenta la participación dinámica de los distintos agentes económicos, en particular del sector privado, en los esfuerzos orientados a profundizar las relaciones comerciales entre sus naciones

Productos de TN a Colombia

Papeles y cartones
Caucho natural
Metales comunes
Cigarrillos de tabaco rucio

Productos de Colombia al TN

Aceites de petróleo
Plásticos primarios
Carbón
Químico básico
Artículos para el hogar (aseo)


Balanza Comercial
Importaciones colombianas 410 millones de dólares
Importaciones TNC  1069,7 millones de dólares
PIB per cápita colombiana 7.067 dólares
PIB per cápita TNC 5.900 dólares

ACUERDO COMERCIAL CON CUBA

Las relaciones comerciales entre Colombia y Cuba se rigen por el Acuerdo de Complementación Económica No. 49 suscrito en el año 2000 bajo el marco de la ALADI y entro en vigencia el 10 de julio de 2001.

Este Acuerdo se basa en el otorgamiento de preferencias, con respecto a los gravámenes y demás restricciones aplicadas por las Partes a la importación de los productos negociados, cuando estos sean originarios y provenientes de sus respectivos territorios. Las preferencias arancelarias consisten en una reducción porcentual de los gravámenes de importación nacionales que las Partes aplican a sus importaciones desde terceros países bajo el principio de Nación Más Favorecida.

Como resultado, Colombia puede ingresar al mercado cubano con preferencias del 100% en: animales vivos, carne bovina, lácteos, flores, papas, hortalizas, bananos, café, arroz, aceite de palma, margarina, dulces, confetis, chocolate, productos de panadería, mermeladas, agua mineral y gaseada, cerveza, entre otros. Preferencias arancelarias del 80% en: aves y su carne, filetes de pescado, huevos de ave, miel natural, cebollas, frijoles, entre otros. Preferencias arancelarias entre el 30% y del 50% en: quesos, conservas de carne, conservas de frutas, jugos de frutas, bebidas alcohólicas, alimentos para animales.


Con los decretos 3275 y 3800 de septiembre de 2008 y 4225 de noviembre de 2008 Colombia pone en vigencia el segundo protocolo modificatorio del ACE No. 49. En el caso de Cuba, fue mediante Resolución No. 8 de septiembre de 2008. Ambos países reportaron en noviembre de 2008 la puesta en vigencia del segundo protocolo a la Asociación Latinoamérica de Integración.

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